martes, 9 de junio de 2009

ACTIVIDAD TEMA 2

LEYES EDUCATIVAS, DESDE LA ANTIGUEDAD HASTA LA ACTUALIDAD.

BUENAS!Esta actividad ha sido realizada en clase, junto con mi grupo compuesto por Marco, Migue, Sousa y yo.

Se trata de la representación de lo más básico de la Ley del 70, de la L.O.G.S.E, de la L.O.E y de la L.E.A; las cuales son y han sido nuestras referencias más actuales en el mundo de la educación.
Os recomiendo que la leais pues es una actividad interesante para conocer como ha ido evolucionando y ha ido cobrando cada vez más importancia la educación de personas adultas.

Ley del 70:
La ley del 70 en su capitulo IV de educación permanente de adultos establece el grado específico para centros creados para el fin de seguir estudios equivalentes a la educación general básica, bachillerato y formación profesional, a quines, por cualquier razón no pudieran cursarlos oportunamente. También recoge el perfeccionamiento, promoción, actualización y readaptación profesional, así como la promoción y extensión cultural a distintos niveles.
Esta ley para la consecución de dicho objetivo y conseguir esto tendrá al estado para estimular la iniciativa privada y así también seguirá la planificación de investigaciones centradas en las necesidades y aspiraciones que se encuadren en el entorno y en sus grupos.
El órgano del estado al cual le corresponde el impulso, planificación y supervisión será el ministerio de educación y ciencia, sin perjuicio de la competencia el ministerio de trabajo respecto de las actividades de preparación y readaptación funcional de trabajadores.


L.O.G.S.E:
En esta ley, en su titulo III establece que el sistema educativo garantizará que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional de personas adultas que quieran adquirir los conocimientos equivalentes a la educación. Sus objetivos serán que dichas personas:

-Adquieran y actualicen su formación básica y facilitar así el acceso a los distintos niveles del sistema educativo.
-Mejorar su cualificación profesional o adquirir una preparación para el ejercicio de otras profesiones.
-Desarrollar su capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica.

Para todos estos objetivos se hará una priorización por carencias y necesidades en su atención, aunque su metodología se basará en el autoaprendizaje. Así también en la L.O.G.S.E se garantizará el acceso a la educación en centros penitenciarios.Las administraciones educativas velarán los programas o centros para estos fines y organizarán periódicamente las pruebas.

L.O.E:
Esta ley de educación de 2006 nos expone en su capitulo IX una serie de artículos con respecto a la educación de personas adultas.En primer lugar, nos comunica que la principal finalidad de la educación de personas adultas es ofrecer a todos los mayores de 18 años la posibilidad de adquirir, actualizar o completar sus conocimientos para desarrollarse personal y profesionalmente por medio de actividades regladas o no regladas.

Con respecto a sus objetivos son, en su esencia, los mismos que los de la L.O.G.S.E (por lo que me parece innecesario pornerlos). Para cumplir estos objetivos se expone en su artículo 67 la organización de esta rama de la educación, la cual expone acceder a los centros educativos. La metodología usada será flexible, abierta y adaptada a las necesidades, capacidades e intereses de las personas y basadas en el autoaprendizaje.
Por último en sus artículos 69 y 70 hace referencia a que las administraciones públicas deben de responsabilizarse de una serie de funciones específicas como organizar la oferta pública, pruebas de acceso, ofertas específicas, etc. Y que el proceso de obtención de títulos debe de realizarse en centros docentes ordinarios o específicos.

L.E.A:
La educación permanente de adultos tiene el fin en dicha ley de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal o profesional.
Además, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, que sean deportistas de alto, rendimiento o que se encuentren en una situación extraordinaria de enfermedad o discapacidad.

Gracias a la LEA, la administración educativa organizará pruebas para la obtención del titulo de graduado en E.S.O para las personas mayores de dieciocho años, pruebas para la obtención del titulo de bachiller o para la obtención del titulo de técnico superior para los mayores de veinte años.Se establecerá para cada curso escolar una oferta especifica de enseñanzas para personas adultas en los centros docentes públicos, Así como una oferta de enseñanzas de idiomas para personas adultas en las escuelas oficiales de idiomas

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